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La DGT dejará de notificar por carta las multas a las empresas

1 de septiembre de 2022
La DGT dejará de notificar por carta las multas a las empresas

A partir de noviembre se cambiará la forma de comunicar las sanciones a las personas jurídicas (entidades o empresas): no recibirán correo postal con el aviso y tendrán que utilizar otros recursos para estar al tanto de las multas.

Hasta la fecha, tanto los particulares como las entidades empresariales han recibido el aviso de las infracciones de tráfico en formato papel, ese sobre que tiene al conductor en estado de incertidumbre hasta su llegada al buzón. A pesar de nuestro asentamiento en la era digital, este tipo de comunicados por parte de los organismos públicos seguía realizándose vía postal. No obstante, a partir del 1 de noviembre de este año 2022, La DGT dejara de notificar por carta las multas a las empresas, es decir, empresas, entidades, sociedades, negocios de renting…etc. Las personas físicas o, dicho de otra forma, el resto de conductores, seguirá recibiendo los avisos de infracción de tráfico por la tradicional carta certificada y a través de la plataforma gratuita TESTRA. En las próximas semanas la DGT comunicará a los afectados de la nueva medida este cambio, todo ello con el objetivo de que no les pille por sorpresa y busquen otras alternativas para estar al tanto de sus multas. 

No todas las empresas tienen departamentos o empleados especializados en encargados de este tipo de gestiones

La Dirección General de Tráfico comunica que, a partir de este nuevo cambio, los conductores podrán darse de alta en DEV (Dirección Electrónica Vial), el buzón electrónico donde se enviarán las notificaciones, opcional para personas físicas y obligatorio para las jurídicas. A esta plataforma se podrá tener acceso a través de un enlace, para que será necesario tener en posesión un certificado digital o DNI electrónico. Aquellas empresas que no hayan sido registradas de forma voluntaria en la DEV, serán dadas de alta de oficio por parte de las administraciones de Tráfico. La razón por la que el resto de conductores no tendrán cambios en este proceso, es porque, al ser personas físicas, no están obligados a tener un correo electrónico, por lo que es necesario mantener la forma habitual de carta.

Sin embargo, se vaticina que en algún momento no muy lejano, también desaparecerá este formato en papel para el resto, ya que el mundo digital en el que vivimos, ya quedan muy pocos vestigios de procesos tradicionales en papel por parte de las administraciones públicas. En la actualidad, la mayoría de los usuarios, sigue recibiendo documentos o notificaciones importantes a través de correo postal, aunque suele combinarse con los avisos o envíos al correo electrónico. La ventaja más notable de este cambio radica en la seguridad de entrega al afectado y por supuesto la rapidez y facilidad a la hora de comunicar y gestionar los trámites, por no hablar de la ventaja medioambiental con la eliminación del papel. 

Como desventaja podemos encontrar que, aunque la mayoría de la población se maneje con la digitalización, hay que reconocer y asumir que existe un colectivo que no tiene conocimientos ofimáticos o que no termina de controlarlos, y en muchos procesos administrativos vía informática, siempre quedan marginados, lo que puede tener como consecuencia no pagar una multa a tiempo y ser sancionado. Esto puede ocurrir también dentro de las empresas, que a partir de este mes de noviembre se verán obligadas a estar pendiente de sus correos electrónicos o de la plataforma DEV. Este buzón electrónico que pone a disposición (obligatoriamente) la DGT para los conductores, da un plazo de 10 días al usuario para la descarga de la notificación, pasados esos días, el aviso quedará bloqueado sin poder acceder a él, y se dará por hecho que ha sido recibido. A partir de ahí se cuentan los plazos de pago, reclamación y respuesta. Es decir, que, si por alguna razón la empresa no descarga la notificación en ese periodo de tiempo, tendrá problemas con Tráfico y la empresa podrá ser sancionada.

En Grupo TAT damos el servicio de notificaciones y comunicaciones a las empresas

Por lo que en muchas ocasiones contratan a profesionales del sector para tener la garantía y seguridad que todo funciona con regularidad y legalidad y no tener consecuencias económicas o fiscales. Es el caso de Grupo TAT, cuya actividad se dedica al servicio integral de asesoría de empresas y corredurías de seguros. Nuestra filosofía de negocio es facilitar la vida a las empresas y realizar por ellas las gestiones que más quebraderos de cabeza suponen, como los trámites con las administraciones públicas. Aunque sea un agente externo al negocio, TAT funciona como un departamento más anexo a la empresa contratante, mirando siempre por su buen funcionamiento y que el cliente pueda centrarse con tranquilidad en su actividad de negocio habitual. 

Es por eso que, frente al nuevo cambio por parte de la Dirección General de Tráfico, Grupo TAT, pone a disposición de sus clientes el servicio NEOS, un nuevo sistema de control de notificaciones y comunicaciones obligatorias, tales como la Agencia Tributaria, Seguridad Social, administraciones autonómicas y locales y por supuesto la DGT, todo ello desde un mismo sitio. Contar con este servicio, que incluye el software y el registro en DEV, supone para la empresa la capacidad de tener el control de estas comunicaciones y trámites desde un mismo buzón, teniendo la posibilidad de gestionar a tiempo las multas y evitar los riesgos de no poder realizar el pago en el plazo establecido, pudiendo así tener acceso a las bonificaciones por pronto pago, además de otras consultas o recursos. 

Con este servicio, la persona jurídica podrá tener controlado y gestionado todos aquellos avisos y trámites de las administraciones públicas, protegiendo la actividad empresarial que tanto valoramos en nuestros clientes. Contacta con nosotros y pregunta sin compromiso por NEOS, o por cualquiera de nuestros servicios en los que estés interesado.